Registro de Diseños industriales
El derecho al registro de un diseño industrial pertenece al diseñador. Este derecho puede ser transferido por acto entre vivos o por vía sucesoria.

El derecho sobre un diseño industrial tiene una duración de 10 años
Los diseños se refieren a la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad del producto.
El registro también confiere el derecho de actuar contra quien produzca o comercialice un producto cuyo diseño sólo presente diferencias secundarias con respecto al diseño protegido o cuya apariencia sea igual a ésta.
Registro de Propiedad industrial
Abarca las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas
PRODUCTOS INDUSTRIALES
Los diseños industriales (creaciones estéticas relacionadas con el aspecto de los productos industriales), las marcas de fábrica, las marcas de servicio, los esquemas de trazado de circuitos integrados, los nombres y las denominaciones comerciales, las indicaciones geográficas y la protección contra la competencia desleal.
CREACIÓN INTELECTUAL
En algunos casos no se aprecian tan bien las cualidades propias de una “creación intelectual”, aun estando presentes. Lo importante es comprender que los objetos de propiedad industrial consisten en signos que transmiten información, en particular a los consumidores, en relación con los productos y servicios disponibles en el mercado.
FINALIDAD DE LA PROTECCIÓN
La protección tiene por finalidad impedir toda utilización no autorizada de dichos signos, que pueda inducir a error a los consumidores, así como toda práctica que induzca a error en general.